Principales gastos deducibles en la declaración de renta de 2020
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Intereses de la hipoteca
INCLUIDOS Intereses y los demás gastos de financiación de la hipoteca, créditos o préstamos destinados a la compra o mejora de la vivienda arrendada, así como las comisiones por amortización anticipada de la hipoteca.
EXCLUIDO No se puede desgravar el concepto principal de la hipoteca, solo pueden desgravarse los intereses anteriormente mencionados. | |
Gastos para la conservación de la vivienda
INCLUIDOS Pueden deducirse los gastos que se hayan generado para mantener, conservar y reparar la vivienda en alquiler con el fin de mantenerla en condiciones. En este punto entran todos los gastos relacionados con el mantenimiento de las instalaciones como gastos de pintura, reparaciones, sustitución de puertas, reparación de la calefacción, entre otros.
ATENCIÓN El límite máximo de estos gastos de reparación y conservación, no pueden superar la cuantía del importe total de las rentas percibidas. No obstante, el exceso podrá compensarse en los cuatro años siguientes con el mismo límite por cada inmueble..
EXCLUIDOS Aquellos gastos relacionados con la ampliación o mejora de cualquier bien de la vivienda. Cuidado porque no podremos deducirnos como gastos de conservación y mantenimiento de la vivienda aquellas facturas relativas a las mejoras efectuadas en la propiedad, por lo tanto, no es posible deducirse las mejoras realizadas en el inmueble, aunque las mismas sí que las podremos amortizar. | |
Rentas impagadas
INCLUIDA La cantidad adeudada si el inquilino no pagara el alquiler siempre que el deudor esté en situación de concurso y hayan pasado más de tres meses entre la primera reclamación o gestión del cobro y la finalización del período. Comúnmente este plazo es de seis meses, pero durante los periodos impositivos 2020 y 2021, el plazo se reduce a tres debido a las circunstancias excepcionales derivadas de la COVID según el Real Decreto-ley 35/2020.
ATENCIÓN En el caso de que el inquilino luego abone el importe impagado, este deberá declararse en la próxima declaración de renta. | |
Tributos
INCLUIDOS Cualquier impuesto o tasa que incida sobre la vivienda, los más habituales son el IBI y la tasa de basuras.
ATENCIÓN Para poderlos deducir no tiene que imputársele dichos gastos al arrendatario por contrato
EXCLUIDO No se podrán deducir sanciones vinculadas a esos tributos. | |
Pagos a terceras personas por la prestación de servicios
INCLUIDOS Servicios de portería, jardinería, personal de vigilancia, administración, etc. Quedan incluidos para desgravar, los gastos extraordinarios o derramas y gastos de la comunidad de propietarios. | |
Contrato de alquiler
INCLUIDOS Se pueden desgravar los gastos derivados de la formalización del contrato de alquiler y de la defensa jurídica sobre los bienes, derechos y rendimientos. | |
Amortización de bienes muebles e inmuebles
Se refiere a la depreciación que sufren tanto la vivienda como aquellos bienes muebles cedido con la vivienda susceptibles de perdurar más de un año.
INCLUIDOS El 3% del mayor de los siguientes valores (coste de adquisición satisfecho o valor catastral).
ATENCIÓN A esa cantidad habrá que deducirle el valor del suelo. En relación a los bienes muebles, estos se amortizan según la tabla de amortización simplificada. | |
Reducciones
Una vez restadas las deducciones a los ingresos íntegros si nuestra vivienda se ha alquilado como vivienda habitual (en base a la normativa de la LAU) podremos aplicar a la cuantía resultante, la reducción del 60%. | |
¿Qué documentación necesitas para justificar estos gastos?
Recuerda guardar toda la documentación de los gastos a deducir ya que es posible que la Agencia Tributaria te solicite los justificantes junto con tu declaración durante los 4 años posteriores, entre ellos:
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Teniendo en cuenta los gastos que genera un alquiler, existen formas de reducir los impuestos que pagamos. |
6 de junio de 2021 06/06/2021
Al Setembre canvi de la Llei Hipotecària respecte als Hereus no forçosos
Els hereus no forçosos ja no hauran d'esperar dos…