Principales gastos deducibles en la declaración de renta de 2020

6 de junio de 2021
Nuria

Principales gastos deducibles en la declaración de renta de 2020

 

    Intereses de la hipoteca

     

    INCLUIDOS Intereses y los demás gastos de financiación de la hipoteca, créditos o préstamos destinados a la compra o mejora de la vivienda arrendada, así como las comisiones por amortización anticipada de la hipoteca.

     

    EXCLUIDO No se puede desgravar el concepto principal de la hipoteca, solo pueden desgravarse los intereses anteriormente mencionados.

     

    Gastos para la conservación de la vivienda

     

    INCLUIDOS Pueden deducirse los gastos que se hayan generado para mantener, conservar y reparar la vivienda en alquiler con el fin de mantenerla en condiciones. En este punto entran todos los gastos relacionados con el mantenimiento de las instalaciones como gastos de pintura, reparaciones, sustitución de puertas, reparación de la calefacción, entre otros.

     

    ATENCIÓN El límite máximo de estos gastos de reparación y conservación, no pueden superar la cuantía del importe total de las rentas percibidas. No obstante, el exceso podrá compensarse en los cuatro años siguientes con el mismo límite por cada inmueble..

     

    EXCLUIDOS Aquellos gastos relacionados con la ampliación o mejora de cualquier bien de la vivienda. Cuidado porque no podremos deducirnos como gastos de conservación y mantenimiento de la vivienda aquellas facturas relativas a las mejoras efectuadas en la propiedad, por lo tanto, no es posible deducirse las mejoras realizadas en el inmueble, aunque las mismas sí que las podremos amortizar.

     

    Rentas impagadas

     

    INCLUIDA La cantidad adeudada si el inquilino no pagara el alquiler siempre que el deudor esté en situación de concurso y hayan pasado más de tres meses entre la primera reclamación o gestión del cobro y la finalización del período. Comúnmente este plazo es de seis meses, pero durante los periodos impositivos 2020 y 2021, el plazo se reduce a tres debido a las circunstancias excepcionales derivadas de la COVID según el Real Decreto-ley 35/2020. 

     

    ATENCIÓN En el caso de que el inquilino luego abone el importe impagado, este deberá declararse en la próxima declaración de renta. 

     

    Tributos

     

    INCLUIDOS Cualquier impuesto o tasa que incida sobre la vivienda, los más habituales son el IBI y la tasa de basuras.

     

    ATENCIÓN Para poderlos deducir no tiene que imputársele dichos gastos al arrendatario por contrato

     

    EXCLUIDO No se podrán deducir sanciones vinculadas a esos tributos. 

     

    Pagos a terceras personas por la prestación de servicios

     

    INCLUIDOS Servicios de portería, jardinería, personal de vigilancia, administración, etc. Quedan incluidos para desgravar, los gastos extraordinarios o derramas y gastos de la comunidad de propietarios. 

     

    Contrato de alquiler

     

    INCLUIDOS Se pueden desgravar los gastos derivados de la formalización del contrato de alquiler y de la defensa jurídica sobre los bienes, derechos y rendimientos. 

     

    Amortización de bienes muebles e inmuebles

     

    Se refiere a la depreciación que sufren tanto la vivienda como aquellos bienes muebles cedido con la vivienda susceptibles de perdurar más de un año.

     

    INCLUIDOS El 3% del mayor de los siguientes valores (coste de adquisición satisfecho o valor catastral).

     

    ATENCIÓN  A esa cantidad habrá que deducirle el valor del suelo. En relación a los bienes muebles, estos se amortizan según la tabla de amortización simplificada.

     

    Reducciones

     

    Una vez restadas las deducciones a los ingresos íntegros si nuestra vivienda se ha alquilado como vivienda habitual (en base a la normativa de la LAU) podremos aplicar a la cuantía resultante, la reducción del 60%

    ¿Qué documentación necesitas para justificar estos gastos?

     

    Recuerda guardar toda la documentación de los gastos a deducir ya que es posible que la Agencia Tributaria te solicite los justificantes junto con tu declaración durante los 4 años posteriores, entre ellos:

    • Facturas por reparaciones u obras para mejor la vivienda alquilada
    • Recibos por el pago de suministros y gastos de la comunidad
    • Recibo por el pago de la hipoteca con el detalle de los intereses
    • Factura por el pago de seguros contratados 

    Teniendo en cuenta los gastos que genera un alquiler, existen formas de reducir los impuestos que pagamos.

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